Anuncio de Licitación: contrato procedimiento negociado sin publicidad centro social
Datos del Contrato
Expediente: 1/2017
Tipo de Contrato: Obras
Tramitación: Ordinaria
Procedimiento: Negociado sin publicidad
Valor Estimado: 66.115,71 €
Presupuesto Total: 80.000,01 €
Plazo Presentación:Fri Sep 15 18:27:00 CEST 2017
Órgano de Contratación | Pleno Municipal |
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Lugar de Entrega/Ejecución | Calle León S/N CIMANES DE LA VEGA |
Plazo de Ejecución | SEIS MESES |
CPV | Es objeto de este Pliego la contratación de la ejecución de la obra de “CONSTRUCCIÓN CENTRO SOCIAL EN CIMANES DE LA VEGA“. En relación con el artículo 67.2.a) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), el Código CNPA que corresponde es 45 y el Código CPV: 45000000-7 (Trabajos de construcción). Dicha obra consiste en la construcción de un edificio destinado a Centro Social en la localidad de Cimanes de la Vega. Todo ello conforme a lo que consta en el Proyecto Técnico elaborado al efecto.
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Division por lotes (lotes y unidades) | NO EXISTE DIVISIÓN POR LOTES |
Admisión de Prórroga | NO EXISTE ADMISIÓN DE PRORROGA |
Acuerdo Marco | NO HAY ACUERDO MARCO. |
Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
Tramitación | Ordinaria |
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Procedimiento | Negociado sin publicidad |
Criterios de Adjudicación |
CLÁUSULA NOVENA. Aspectos objeto de Negociación con la Empresa.
Para la valoración de las ofertas y la determinación de le económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación:
1) Precio: De 0 a 50 puntos. A tal efecto se concederá la máxima puntuación de 50 puntos al licitador que oferte el menor precio por la ejecución de la obra, adjudicándose la puntuación a los demás licitadores proporcionalmente en función de la oferta ganadora. 2) Ejecución de un mayor de número de unidades de obra y mejoras en la obra: De 0 a 20 puntos. A tal efecto deberán estar perfectamente definidas por unidad de obra en la oferta, expresando su importe y el IVA correspondiente. La fijación de los precios será de acuerdo con los del proyecto y si alguno no se contempla se aplicarán precios contradictorios. En todo caso, las mejoras no supondrán coste alguno para el Ayuntamiento. Únicamente se valoraran aquellas mejoras que el órgano de contratación considere que son beneficiosos para la obra y para los intereses municipales. La valoración se hará por un procedimiento de regla de tres simple, atribuyéndose la máxima puntuación a la mejor oferta admitida y considerada en términos económicos. 3) Plazo de Garantía: 30 Puntos. Se concederán 30 puntos al licitador que conceda mayor ampliación de garantía de la obra sobre el plazo legal de un año.
CLÁUSULA DÉCIMA. Garantía Provisional |
Garantías
Garantía Provisional | NO SE EXIGE FIANZA PROVISIONAL |
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Garantía Definitiva | EL 5% DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO |
Solvencia Económica y Técnica
Solvencia Económica | 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. |
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Solvencia Técnica | 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. |
Clasificación | No obstante, podrá acreditarse la solvencia económica, financiera y técnica mediante la clasificación de empresa, según lo dispuesto en el TRLCSP, a cuyo efecto el contratista habrá de ostentar la siguiente clasificación: GRUPO C, Subgrupo 4, Categoría 1 Albañilería, revocos y revestimientos. Los empresarios no españoles deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se precisan en el apartado anterior del presente Pliego, todo ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos 58 y 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. |
Presentación de Ofertas
Fecha Límite de Presentación | Fri Sep 15 18:27:00 CEST 2017 |
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Dependencia de Presentación | SECRETARIA AYUNTAMIENTO CIMANES DE LA VEGA |
Dirección de Presentación | CALLE LEÓN, Nº 53 |
Localidad de Presentación | CIMANES DE LA VEGA |
Codigo Postal de Presentación | 24239 |
Admisión de Variantes | NO SE ADMITEN |
Apertura de Ofertas
Asunto | APERTURA PROPOSICIONES PARA OPTAR A LA ADJUDICACIÓN DEL CENTRO SOCIAL EN CIMANES DE LA VEGA |
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Lugar de Apertura | CLÁUSULA DUODÉCIMA. Apertura de Ofertas, Negociación y Adjudicación del Contrato.
A.- La apertura de las ofertas económicas y técnicas se efectuará, en el plazo máximo de UN MES contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las mismas, por el órgano de contratación, asistido en su caso por el Técnico redactor del proyecto. Previamente por la Secretaría de la Corporación se habrá analizado la documentación contenida en el sobre A de los licitadores que hayan presentado sus ofertas en plazo y se habrá requerido, en su caso, la subsanación de deficiencias apreciadas en un plazo máximo de 3 días. B.- A la vista de las ofertas presentadas, el órgano de contratación, asistido por el Técnico redactor del proyecto, realizará en el momento de su apertura, una primera valoración con arreglo a los criterios establecidos en la cláusula 9ª. Si de acuerdo con esta primera valoración se estima justificadamente, a tenor del contenido de las ofertas presentadas, que es posible proceder de inmediato a su clasificación y a la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, resultando innecesaria la negociación, el órgano de contratación, en el mismo acto, clasificará, por orden decreciente las proposiciones presentadas, atendiendo a los criterios de adjudicación señalados en el pliego. Si, por el contrario, se estima que las ofertas pueden ser mejoradas, se procederá a la negociación con los licitadores, según los aspectos técnicos y económicos a que hace referencia la cláusula 9ª. La negociación se realizará mediante petición escrita, por fax o correo electrónico, de mejora de las ofertas, indicando en la invitación los aspectos de las mismas susceptibles de ser mejorados. Los ofertantes, si lo estiman oportuno, presentarán en un plazo máximo de diez días hábiles a contar desde la fecha de remisión de la invitación, las mejoras que proponen a su oferta inicial. Estas mejoras deberán presentarse en el Registro de la Corporación en el plazo máximo señalado y la negociación, si procede, tendrá lugar en una única fase. Durante la negociación, el órgano de contratación podrá solicita cuantos informes técnicos considere precisos, al efecto de valorar debidamente los aspectos ofertados. C.- Una vez determinada la oferta económicamente más ventajosa, el órgano de contratación requerirá al licitador que la haya presentado para que, dentro del plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 146.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (si la aportación inicial de dicha documentación se sustituye por una declaración responsable del licitador), así como hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello; de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; y de haber constituido la garantía definitiva que se procedente. Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributarias pendientes de pago con el Ayuntamiento de Cimanes de la Vega. La Administración Local, de oficio, comprobará el cumplimiento de dicha obligación. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
D.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO DÍA HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos: - En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura. - Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido la oferta. - En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas oferta hayan sido admitidas. - En la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
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Fecha de Apertura | Mon Sep 18 18:29:00 CEST 2017 |
Otra Información
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